JurídicoESEN
Order (Auto)February 26, 2025

A- de 2025

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Jorge Enrique Ibáñez Najar

✓Claimant Diana Fajardo Rivera·Respondent --

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

2 topics · 2 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Impedimento formulado por la magistrada Diana Fajardo Rivera.

La magistrada adujo estar incursa en la causal de impedimento prevista en el artículo 25 del Decreto 2067 de 1991, relativa a tener interés en la decisión.

Explicó que adelantaba una demanda de traslado de régimen pensional por lo que, la validez de la Ley 2381 de 2024 podía incidir directamente en su situación jurídica.

La Sala Plena de la Corporación encontró acreditado el interés de la doctora Fajardo en la decisión y, por ello, declaró FUNDADO su impedimento y la separó del conocimiento del proceso de la referencia.

Como consecuencia de lo anterior se dejó sin efectos el registro del proyecto de fallo realizado el 14 de febrero de 2025 y se dispuso que, una vez el Procurador General de la Nación rinda su concepto, el magistrado sustanciador continuará con el trámite que corresponda y proceda a registrar el nuevo proyecto de fallo dentro de los términos que señala la ley, con el cual se seguirá el respectivo trámite procesal.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (3 points)
  1. PRIMERO. DECLARAR FUNDADO el impedimento manifestado por la Magistrada Diana Fajardo Rivera, el 16 de septiembre de 2024 y el 21 de febrero de 2025 para participar de la decisión que se profiera en el expediente D-15.989. En consecuencia, SEPARAR a la Magistrada del conocimiento del mencionado proceso.
  2. SEGUNDO. DEJAR SIN EFECTOS el Oficio 0276 del 23 de septiembre de 2024 de la Secretaría de la Corte. En consecuencia, conforme a lo señalado en esta providencia, ORDENAR a la Secretaría General de la Corte Constitucional correr traslado al Procurador General de la Nación para que rinda concepto en los términos del artículo 242.4 de la Constitución.
  3. TERCERO. Como consecuencia de lo anterior, DEJAR SIN EFECTOS el registro del proyecto de fallo realizado el 14 de febrero de 2025. Conforme a lo señalado en esta providencia, una vez el Procurador General de la Nación rinda su concepto, el magistrado sustanciador continuara´ con el trámite que corresponda y procederá a registrar el nuevo proyecto de fallo dentro de los términos que señala la ley, con el cual se seguirá el respetivo trámite procesal.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

Cites0
It cites no recorded decisions.
Cited by0
No decision cites it yet.

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.